ACTUALIZACIÓN DEL DECRETO 351/79
ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN DEL DECRETO 351/79
Seguridad Chascomús tiene como una de sus principales actividades la Prevención de Accidentes y Enfermedades laborales. Para poder cumplir con ello estamos actualizados e informándonos continuamente de las actualizaciones de las leyes y decretos reglamentarios por eso en este momento les acercamos la última actualización del Decreto 351/79 que lanzo la SRT con motivo del 40 del decreto 351/79 sacando una versión actualizada del decreto, donde compilan las modificaciones que se fueron haciendo en este tiempo.
Archivo DECRETO 351/79
LEY 5.920 SISTEMA DE AUTOPROTECCIÓN PARA PREVENCIÓN DE DESASTRES EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Nuestra consultora confecciona planes de evacuación como un agregado a nuestro servicio de Higiene y Seguridad, en relación a la Ley Nº 1346 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para ello, contamos con personal especializado y la estructura necesaria a fin de brindarle la mejor respuesta, con los precios más competitivos del mercado.
Es de público conocimiento que el 7 de Diciembre de 2017 fue sancionada la LEY 5.920, que establece la creación del Sistema de Autoprotección para Prevención de Desastres en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que deroga la Ley 1346.
Dicha ley fue promulgada por el Decreto 482/2017 del 02/01/2018, y reglamentada por el Decreto Nº 51/18 y sus respectivos anexos, el 09/02/2018.
Hasta acá todo bien. Se deroga la Ley 1346, nace un nuevo Sistema de Autoprotección, se crea el Registro de Profesionales.
El Decreto Nº 51/18, en su artículo 15 establece como Autoridad de Aplicación a la Dirección General de Defensa Civil de CABA.
Y a partir de aquí, parece que comienzan los problemas.
La Dirección General de Defensa Civil, en el Anexo 5 de la Disposición N° 1358/DGDCIV/18 del 14/02/2018, establece los requisitos para inscribirse en el Registro de Profesionales, y que además deberán rendir un examen para ser incluidos en el mismo.
Además, en el punto 1 del inciso b) de dicho anexo dice: “El Registro estará abierto entre el 1° de febrero al 31 de marzo de cada año. La autoridad de aplicación deberá resolver, sobre la aceptación o no de las solicitudes de inscripciones recibidas…”
La renovación será anual o se dará de baja del Registro.
En el punto 2 se establecen los requisitos de admisión: títulos y obligación de rendir examen.
Entre los títulos que se deben poseer están:
- Ingenieros Laborales.
- Licenciados en Higiene y Seguridad en el Trabajo.
- Licenciados en Sistemas de Protección contra Siniestros.
- Licenciados en Protección Civil y Emergencias.
- Ingenieros y Químicos con curso de postgrado en Higiene y Seguridad en el Trabajo de no menos de CUATROCIENTAS (400) horas de duración, desarrollados en Universidades estatales o privadas.
- Técnicos en Higiene y Seguridad, reconocidos por la Resolución M.T. y S.S. N° 313 de fecha 26 de Abril de 1983.
- Arquitectos
- Ingenieros Civiles.
- Otras profesiones cuyas curricula incluya suficiente carga horaria en temas de autoprotección, emergencias, siniestros, etc.
- Otros profesionales que hubieren aprobado cursos de posgrado de no menos de 400 horas en temas de seguridad, protección y emergencias.
- Otros profesionales que a criterio de la autoridad de aplicación posean suficientes saberes, destrezas y capacitación en la materia.
La Disposición Nº 1386/DGDCIV/18, de Defensa Civil, establece:
“Artículo 1. – Efectúese el primer llamado a Inscripción de Profesionales aspirantes a integrar el “Registro de Profesionales para la elaboración y puesta a prueba de los Sistemas de Autoprotección”, debiendo cumplir con los requisitos y condiciones que se detallan en el Anexo I (IF-2018-05308620- DGDCIV), que forma parte integrante de la presente.”
“Artículo 2.- Fijase como período del respectivo proceso de selección, el comprendido a partir del día 16 de Febrero de 2018, a partir de las 10:00 horas, y hasta el 30 de Marzo de 2018, hasta las 17:00 horas del último día citado. Esta inscripción se efectuará en la Dirección General de Defensa Civil, sito en la calle Estados Unidos 3275, CABA, de lunes a viernes de 9 a 14 hs en la mesa de entradas.”
“Artículo 3.- Fíjese como primer turno de examen el día 22 de febrero de 2018 a las 9hs y como segundo turno de examen el 3 de abril de 2018 a las 9hs.”
“Artículo 4.- Fíjese como temario de examen el detallado en el Anexo II (IF-2018-05308616-DGDCIV) que forma parte de la presente.”
“Artículo 5.- Fíjese como método de examen el sistema de respuesta múltiple choice.”
“Artículo 6.- Establécese que la evaluación estará a cargo de la Dirección General de Defensa Civil.”
“Artículo 7.- Establécese que la Dirección General de Defensa Civil dispondrá sobre los profesionales que formarán parte del Registro y para ello tomará en cuenta, que se cumplan las condiciones del presente llamado y pautas de oportunidad y conveniencia, pudiendo rechazar las inscripciones que considere inconvenientes, fundando adecuadamente su decisión.”
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